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Corporativo25 de enero de 20247 min lectura

Declaración de renta persona natural en Colombia: quién debe declararla y cómo

MB
Manuel Bautista Avellaneda
Revisado por abogados

## ¿Quién está obligado a declarar renta en Colombia?

Para el año gravable 2023 (declaración en 2024), una persona natural debe declarar si cumple alguno de estos criterios:

CriterioTope 2023
Ingresos brutos> $59.377.000
Patrimonio bruto> $190.854.000
Consumos con tarjeta> $59.377.000
Compras y consumos totales> $59.377.000
Consignaciones bancarias> $190.854.000
Responsable de IVASiempre

Trabajadores con un solo empleador que retuvieron correctamente en la fuente pueden estar exonerados incluso cumpliendo los topes — pero deben verificarlo.

Las cédulas del impuesto de renta

La Ley 1819 de 2016 creó el sistema cedular. Las principales son:

  • Cédula de rentas de trabajo: salarios, honorarios, servicios
  • Cédula de pensiones: ingreso por pensión (exenta hasta 1.000 UVT mensuales)
  • Cédula de dividendos
  • Cédula de capital: intereses, arrendamientos, rendimientos financieros
  • Cédula no laborales: otros ingresos no clasificados

Cada cédula tiene sus propias deducciones y tarifas.

Deducciones permitidas para empleados

Las más importantes para personas naturales asalariadas:

  • Dependientes: 10% de ingresos brutos por cada dependiente (máx. 32 UVT/mes)
  • Medicina prepagada y seguros de salud: hasta 16 UVT/mes
  • Intereses de crédito de vivienda: hasta 100 UVT al año
  • Aportes voluntarios a pensión y AFC: hasta el 30% del ingreso tributario
  • Rentas exentas laborales: 25% del ingreso laboral (máximo 240 UVT al año)

Plazos para declarar (año gravable 2023)

Los plazos varían según los últimos dígitos del NIT/cédula: - Grandes contribuyentes: marzo-abril 2024 - Personas naturales: agosto-octubre 2024

La fecha exacta según dígito se publica en el calendario tributario de la DIAN.

El formulario y cómo presentar

Se declara en el Formulario 210 vía la plataforma MUISCA de la DIAN (muisca.dian.gov.co):

  1. Obtén el borrador de renta preliquidado que la DIAN genera automáticamente
  2. Revisa y ajusta los valores preliquidados
  3. Diligencia las deducciones que apliquen
  4. Liquida y paga el impuesto resultante (si hay saldo a favor, lo puedes solicitar en devolución)

Consecuencias de no declarar

Si debías declarar y no lo hiciste: - Extemporaneidad: sanción del 5% del impuesto a cargo por mes de mora (mín. 10 UVT) - No declarante requerido: la DIAN puede emplazarte y aplicar sanción agravada - Intereses de mora sobre el impuesto no pagado - En casos graves: proceso de cobro coactivo y medidas cautelares sobre bienes

¿Conviene declarar aunque no estés obligado?

Sí, en estos casos: - Tienes saldo a favor (retención en la fuente > impuesto real) y quieres la devolución - Quieres acreditar ingresos formalmente (para crédito hipotecario, visa, etc.) - Tienes patrimonio en el exterior que debes reportar


¿No sabes si estás obligado a declarar, tienes dudas sobre deducciones, o recibiste un requerimiento de la DIAN? Podemos orientarte y acompañarte en el proceso.

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