Proceso ejecutivo en Colombia: cómo cobrar una deuda con título ejecutivo
## ¿Qué es un título ejecutivo?
Para iniciar un proceso ejecutivo necesitas un título ejecutivo: un documento que acredite una obligación clara, expresa y exigible.
Son títulos ejecutivos: - Cheques, pagarés, letras de cambio (títulos valores) - Sentencias judiciales en firme - Actas de conciliación - Contratos con cláusulas de aceleración vencidas - Extractos de deudas certificados por entidades financieras - Documentos con reconocimiento de firma
Pasos del proceso ejecutivo
1. Demanda Se presenta ante el Juez Civil del Circuito o el Juez Civil Municipal, según la cuantía del proceso. Debe incluir el título ejecutivo y la petición de medidas cautelares.
2. Auto que libra mandamiento de pago Si el juez acepta la demanda, expide un mandamiento de pago ordenando al demandado pagar la deuda.
3. Notificación y excepciones El demandado es notificado y tiene 10 días para proponer excepciones de mérito (pago, prescripción, compensación, etc.)
4. Si no hay excepciones El proceso continúa hacia el remate de los bienes embargados.
5. Si hay excepciones Se corre traslado al demandante y el juez decide en sentencia.
Medidas cautelares
Desde el inicio, el demandante puede solicitar: - Embargo de cuentas bancarias: muy efectivo y rápido - Embargo de salario: hasta el 50% del excedente sobre 2 SMMLV - Embargo e inscripción de bienes inmuebles - Embargo de vehículos
El embargo previo al mandamiento de pago es posible en algunos casos (medida cautelar de urgencia).
Remate de bienes
Si el demandado no paga con los embargos, los bienes se llevan a remate judicial (subasta pública). El producto del remate se aplica a la deuda, intereses y costas del proceso.
Cuánto tarda el proceso
- Proceso ejecutivo sin excepciones: 3 a 8 meses
- Con excepciones: 8 a 18 meses
- Si hay remate: adicionar 4 a 12 meses
Intereses en el proceso ejecutivo
La deuda genera intereses de mora desde que se vence hasta que se paga. El juez también condena en costas del proceso al demandado que pierde.
Prescripción del título
Los títulos ejecutivos prescriben: - Letras de cambio y cheques: 3 años - Pagarés: 3 años - Acciones cambiarias: 1 a 3 años según el tipo - Sentencias: 5 años para ejecutarlas
Si el título prescribe, pierde su fuerza ejecutiva y debes iniciar un proceso ordinario para declarar el derecho.
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