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Penal18 de junio de 20253 min lectura

Confianza y Castigo: El Dilema de la Tentativa Inidónea en el Derecho Penal

JG
Jonathan Guerra Bohórquez
Revisado por abogados · Consejurídico S.A.S.

<!-- Recuperado del blog Wix original 2026-08-14. Fecha real de publicación: 2025-06-18. Imágenes originales en static.wixstatic.com — verificar que sigan resolviendo antes de publicar. -->

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Por Jonathan Guerra Bohórquez

Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas

Yuval Noah Harari dice que “un gran número de extraños puede cooperar con éxito si creen en mitos comunes”. Esta idea ha sido clave en la historia de la humanidad, permitiendo la creación de conceptos como el Estado, las leyes y el dinero, todos sustentados en la confianza social.

La confianza en el Estado permite que este regule actividades e imponga normas de comportamiento. Un ejemplo claro es el ius puniendi, o la facultad del Estado para sancionar conductas. Sin embargo, este poder debe usarse con cuidado para no perder la legitimidad y la confianza de la sociedad.

En este blog analizamos la relación entre el poder del Estado para castigar y la importancia de mantener la confianza en su sistema punitivo, explorando un caso particular: la tentativa inidónea.

¿Qué es la Tentativa?

El delito de tentativa ocurre cuando alguien, con intención de cometer un delito, empieza a ejecutarlo, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad. Esta figura permite castigar conductas que, aunque no hayan generado daño, atentan contra la norma.

En Colombia, solo se sanciona la tentativa idónea, lo que genera un debate sobre la diferencia con la tentativa inidónea, aquella que no logra consumarse por falta de idoneidad en el comportamiento, los objetos, el sujeto pasivo o los medios utilizados.

Ejemplo de Tentativa Inidónea

En el contexto del conflicto armado colombiano, un grupo guerrillero planea un ataque contra un general del ejército usando explosivos (C-4). El ataque falla porque la camioneta del general tiene un blindaje de nivel 5. Analicemos este caso:

  • Ex ante: Antes del intento, parece que el ataque es idóneo porque hay explosivos colocados.
  • Ex post: Después del intento, el ataque es inidóneo porque la explosión no fue suficiente.

Conclusión

La tentativa inidónea no debe ser impune solo porque no alcanzó su objetivo. Evaluar cada caso ex ante asegura que cualquier tentativa, si parece idónea antes de fallar, sea sancionada. Sin embargo, castigar todas las tentativas podría llevar a sanciones injustas y pérdida de confianza en el Estado.

El Estado debe castigar de manera proporcional, racional y justa para mantener su legitimidad y la confianza de la sociedad. Aunque no exista una diferencia clara entre tentativa idónea e inidónea, debemos ponderar cada caso según la gravedad de la violación y la necesidad de imponer una sanción.

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